
Cómo lidiar con un inquilino moroso
Los inquilinos morosos son la pesadilla de cualquier arrendador. Lamentablemente, los tiempos de la ley no son tan ágiles como nos gustaría y un proceso de desahucio, según cada caso y las circunstancias particulares, puede prolongarse incluso más de un año.
Ante la impotencia, muchos propietarios caen en la tentación de intentar hacer justicia por su cuenta; cambiando las cerraduras, amenazando verbalmente al inquilino moroso…
A partir del primer mes de impago, ya puedes interponer una demanda aunque lo más recomendable, si solo se ha incumplido una mensualidad o dos, es ponerse en contacto con el inquilino para averiguar qué ha pasado. Podría haber sido un despiste o una dificultad transitoria que se puede resolver amistosamente.
Si se trata de un inquilino moroso declarado, que te debe varias mensualidades, ya has intentado llegar a un acuerdo amistoso, pero sigue sin pagar ni dejar la vivienda, solo te queda iniciar un proceso judicial. Estos serían los pasos a seguir:
1. Realizar un aviso previo
Para que quede demostrado ante la ley que se ha intentado resolver de manera amistosa y sin éxito, es recomendable mandar un aviso ‘oficial’ al inquilino en el que se le reclama la cantidad pendiente a pagar y el plazo que le concedes, desde que se comunica el aviso, para que lo abone.
Para que quede constancia y pueda ser utilizado en el proceso judicial, el aviso debe mandarse mediante un burofax a la dirección de la vivienda alquilada a través de correos, con acuse de recibo y certificación de contenido.
2. Si el aviso no ha funcionado
Si el plazo otorgado para que el inquilino abone las mensualidades impagadas ha expirado sin respuesta alguna, ya tienes argumentos para iniciar el proceso legal de “Desahucio por falta de pago”. Es en el artículo 27.2.a de la LAU, donde se explicita que la falta de pago de la renta es motivo para rescindir el contrato y por lo tanto, el desahucio.
3. Búscate un abogado
El proceso puede ser largo y agotador, te conviene buscarte un abogado sino quieres enloquecer entre papeleos, trámites y ese vocabulario legal ininteligible para muchos mortales. Ten en cuenta que si la cuantía de la demandada es menor de 2.000€ no hace falta abogado ni procurador, pero si es superior necesitarás a ambos.